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Vocalía Ejecutiva

PASEO TOLLOCAN NO. 304-1, Col. Altamirano
Toluca de Lerdo, Estado de México, C.P. 50130.
Tel.: 01 (722) 213.89.15 y 213.17.18
Fax. 2.13.89.16
cemybs@edomex.gob.mx

En el capítulo III del Reglamento Interior del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social publicado en "Gaceta de Gobierno" del Estado de México, el día 29 de Enero del año 2007, que establece las Atribuciones, que son las siguientes:

Capítulo III
De las atribuciones de la Vocal Ejecutiva

Artículo 10.- Corresponde a la Vocal Ejecutiva, además de las señaladas en el Decreto, las atribuciones siguientes:

I. Planear, programar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al Consejo Estatal.

II. Promover ante los gobiernos municipales la instalación de consejos municipales de la mujer y bienestar social.

III. Establecer lineamientos y mecanismos que contribuyan a dar cumplimiento al objeto y atribuciones del Consejo Estatal.

IV. Coordinar la realización de estudios e investigaciones para atender a las mujeres en situación de violencia y a los adultos mayores, a fin de contribuir a su bienestar social.

V. Vigilar y evaluar el cumplimiento de los programas y atribuciones de las unidades administrativas a su cargo, así como promover que sus funciones se realicen de manera coordinada.

VI. Promover la modernización administrativa, mejora regulatoria y gestión de la calidad en los trámites y servicios que ofrece el Consejo Estatal.

VII. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo.

VIII. Las demás que le confieren otras disposiciones legales y las que le encomiende la Junta Directiva.

 

 

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