Vocalía Ejecutiva
PASEO TOLLOCAN NO. 304-1, Col. Altamirano
Toluca de Lerdo, Estado de México, C.P. 50130.
Tel.: 01 (722) 213.89.15 y 213.17.18
Fax. 2.13.89.16
cemybs@edomex.gob.mx
En el capítulo III del Reglamento Interior del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social publicado en "Gaceta de Gobierno" del Estado de México, el día 29 de Enero del año 2007, que establece las Atribuciones, que son las siguientes:
Capítulo III
De las atribuciones de la Vocal Ejecutiva
Artículo 10.- Corresponde a la Vocal Ejecutiva, además de las señaladas en el Decreto, las atribuciones siguientes:
I. Planear, programar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al Consejo Estatal.
II. Promover ante los gobiernos municipales la instalación de consejos municipales de la mujer y bienestar social.
III. Establecer lineamientos y mecanismos que contribuyan a dar cumplimiento al objeto y atribuciones del Consejo Estatal.
IV. Coordinar la realización de estudios e investigaciones para atender a las mujeres en situación de violencia y a los adultos mayores, a fin de contribuir a su bienestar social.
V. Vigilar y evaluar el cumplimiento de los programas y atribuciones de las unidades administrativas a su cargo, así como promover que sus funciones se realicen de manera coordinada.
VI. Promover la modernización administrativa, mejora regulatoria y gestión de la calidad en los trámites y servicios que ofrece el Consejo Estatal.
VII. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo.
VIII. Las demás que le confieren otras disposiciones legales y las que le encomiende la Junta Directiva.
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